lunes, 11 de marzo de 2019

POLÍTICA PÚBLICA: GARANTÍA DE DERECHOS LGBTI


                                    

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La política pública para la garantía plena de derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgeneristas e intersexuales tiene como base la Declaración de los Derechos Humanos donde se establece el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los seres humanos sin distinción entre cualquier condición de las personas. Entre los artículos que fundamentan la política pública se encuentra el artículo 1 que establece que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Seguidamente, el artículo 2, afirma que toda persona tiene todos los derechos y libertades sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier índole.

Esta declaración menciona como derechos a la vida, la libertad, la seguridad. De igual manera, establece la igualdad de todas las personas ante la ley y a la protección contra todo tipo de discriminación. En cuanto a libertad de expresión, la declaración de los derechos humanos menciona la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión como forma de manifestar sus creencias. De igual forma, por sus opiniones y expresiones, ningún individuo puede ser molestado por ello”. (Secretaria Distrital de Planeación, 2015).


TEMAS O ENFOQUES DE LA POLÍTICA

1. ENFOQUE DE DERECHOS: El enfoque de derechos implica crear las condiciones, tanto materiales como simbólicas, para que las personas de los sectores LGBT ejerzan plenamente sus derechos y para que por ninguna circunstancia o razón la identidad de género o la orientación sexual sean usadas como condición para discriminar o excluir a ninguna persona.


2. ENFOQUE DIFERENCIAL: Trata el reconocimiento de las condiciones de desigualdad social, económica, cultural, entre otras, en algunos grupos poblacionales que históricamente han sido marginados, excluidos, desprotegidos en términos del ejercicio, reconocimiento y garantía de los derechos o que se encuentran en situaciones de desigualdad y/o inequidades manifiestas y que requieren de acciones específicas en pos del desarrollo de su autonomía, de su inclusión y de la justicia social, para que puedan acceder en términos de igualdad de oportunidad a los bienes y servicios de los que goza la sociedad en general.

Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=HXHb_YijbeY

3. PERSPECTIVA INTERSECCIONAL:Es aquella que reconoce que las y los sujetos están atravesados por distintos sistemas de opresión sexo/género, raza/racialización/racismo, etnicidad, clase, edad entre otros, por lo que imponen una atención integral y de protección, promoción y defensa de los derechos teniendo en cuenta la multidimensionalidad de las y los sujetos de las políticas públicas.

4. ENFOQUE DE ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GENERO: Hace referencia al cambio de punto de vista heterocentrado , por un punto de vista que reconozca distintas formas políticas y emocionales de la sexualidad y que son divergentes respecto a las personas por la heterosexualidad como institución política y económica.

OBJETIVOS DE LA PP LGBTI



LISTA DE REFERENCIAS


Secretaría Distrital de Planeación. (2015). Política Pública: Garantía de Derechos LGBTI. Bogotá: Secretaría Distrital de Planeación. Recuperado de 
http://www.sdp.gov.co/sites/default/files/lineamiento_conceptual_de_la_politica_publica_lgbti.pdf


No hay comentarios:

Publicar un comentario